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Código de Red: qué es y qué debe cumplir tu empresa en 2026

06 de octubre de 2026

El Código de Red es la regulación técnica que fija lo que debe cumplir toda instalación conectada a la red eléctrica de México. A tu empresa le aplica si está en media o alta tensión: tensión, frecuencia, protecciones y calidad de la potencia. Con 1 MW o más, también un factor de potencia de 0.97. La versión vigente es la 2.0 y la supervisa la CNE.

Es una de las obligaciones que siguen a una planta cuando pasa a suministro calificado, así que la explicamos seguido. Aquí va con la ley de 2025, las multas que la reemplazaron y el cambio de abril de 2026. Actualizada el 5 de octubre de 2026.

¿Qué le pide el Código de Red a tu planta?

Depende de tu tensión y de tu demanda contratada. Todo se mide en el punto de conexión, donde tu instalación se une con la red de CFE.

RequisitoQué pideMenos de 1 MW1 MW o más, o alta tensión
Tensión95% a 105% de la nominal; 90% a 110% hasta 20 minutosAplicaAplica
Frecuencia59.0 a 61.0 Hz; 58.0 a 62.5 Hz hasta 30 minutosAplicaAplica
Corto circuito y proteccionesProtecciones ajustadas a los niveles de tu punto de conexiónAplicaAplica
Factor de potenciaEntre 0.97 en atraso y 1.0, el 95% del tiempoNo aplicaAplica
Calidad de la potenciaArmónicos, flicker y desbalanceSolo desbalanceAplica
Fuente: Código de Red 2.0, Manual de conexión de centros de carga, tabla 1.1.A y capítulo 2. “Menos de 1 MW” se refiere a media tensión con esa demanda contratada.

Si estás en baja tensión, puedes respirar: el manual dice que los centros de carga en baja tensión “no son objeto” de sus reglas. ¿Estás en media o alta? Sigue leyendo, que la parte buena viene con multa.

¿Qué es el Código de Red y quién lo aplica?

Es un conjunto de disposiciones con seis manuales, uno de ellos para los centros de carga, que es como la ley llama a tu planta. La versión vigente se publicó en el DOF el 31 de diciembre de 2021 y entró en vigor al día siguiente. Sustituyó al Código de Red de 2016.

Ojo con eso: el PDF de 2016 todavía aparece arriba en Google. Cumplir con esa versión es como estudiar con el examen del año pasado: algunas preguntas coinciden, pero la calificación es de este año.

En 2025, la Ley del Sector Eléctrico reemplazó a la ley de 2014, pero mantuvo el Código de Red por nombre en su transitorio tercero. Hoy lo expide y supervisa la CNE, “con la autorización de la Secretaría” de Energía (artículo 153). Qué más cambió con esa ley está en nuestra guía de la Ley del Sector Eléctrico.

Lo que cambió en abril de 2026: factor de potencia de 0.97

Línea de tiempo del Código de Red: abril de 2016, primera versión; abril de 2019, vence el plazo para centros de carga existentes; enero de 2022, entra en vigor el Código de Red 2.0; fin de 2023, vence el plazo de dos años para media tensión con 1 MW o más; marzo de 2025, la Ley del Sector Eléctrico lo mantiene; 9 de abril de 2026, el factor de potencia sube a 0.97
Fuentes: Código de Red 2.0 y Ley del Sector Eléctrico. Los plazos que ya vencieron siguen contando.

El Código de Red 2.0 traía una fecha escrita desde 2021. El factor de potencia de 0.95 valía “hasta el 8 de abril de 2026”. Después, el requisito es “0.97 en atraso y 1.0”, medido cada cinco minutos y cumplido “al menos el 95% del tiempo” de cada mes.

Aplica en media tensión con 1 MW o más y en toda la alta tensión. Y fíjate en el rango: termina en 1.0. Si corriges con demasiados capacitores, tu factor de potencia queda adelantado y también incumples. Es el único examen donde estudiar de más también baja la calificación.

El mismo número se coló al recibo de CFE para las plantas de 1 MW o más. Cómo te cobra o te bonifica está en la guía del factor de potencia de CFE.

Calidad de la potencia: armónicos, flicker y desbalance

Es la parte que más se le escapa a las plantas con variadores, hornos de arco o soldadoras. El Código de Red limita el desbalance de tensión a 2% y el de corriente a 15%. El flicker debe quedar en Pst menor a 1 y Plt menor a 0.8.

Para los armónicos usa la distorsión total de demanda, con límites tomados de la norma IEEE 519-2014. El límite depende de tu tensión y de qué tan robusta es la red en tu punto de conexión. Eso se mide con la razón entre la corriente de corto circuito y tu corriente de carga.

Razón de corto circuito (Icc / IL)Distorsión total de demanda máxima, hasta 69 kV
Menos de 205.0%
20 a menos de 508.0%
50 a menos de 10012.0%
100 a menos de 1,00015.0%
Más de 1,00020.0%
Fuente: Código de Red 2.0, tabla 2.8.A. Arriba de 69 kV los límites son más estrictos: de 1.5% a 10%.

Los armónicos se evalúan con una semana de mediciones, y la distorsión debe quedar debajo del límite al menos el 95% del tiempo. Un día bueno no salva la semana; aquí no hay examen de recuperación.

¿Cuánto es la multa por no cumplir el Código de Red?

El artículo 184 de la ley de 2025 castiga incumplir “las disposiciones en materia de la Calidad, Confiabilidad, Continuidad y seguridad”. La multa va de 128,000 a 514,000 UMA. Con la UMA de 2026, de $117.31 según el INEGI, son unos 15 a 60 millones de pesos.

Comparación de multas: con la ley de 2014, de 2% a 10% de los ingresos brutos o de 50,000 a 200,000 salarios mínimos; con la Ley del Sector Eléctrico de 2025, 10% de los ingresos brutos del año anterior si el incumplimiento es grave, o de 128,000 a 514,000 UMA, unos 15 a 60 millones de pesos en 2026
Conversión a pesos: cálculo propio con la UMA diaria de 2026.

Si la falta es grave, la fracción I del mismo artículo fija una multa del 10% de los ingresos brutos del año anterior. A quien reincide se le aplica el doble. A quien incurre en contumacia, el triple, “además de la suspensión temporal o definitiva del servicio”.

Muchas páginas todavía citan “2% a 10%” y “50,000 a 200,000 salarios mínimos”. Eso era la ley de 2014, que ya no existe. Si tu proveedor te asusta con la multa vieja, al menos te asusta con descuento.

Hay una salida para la primera vez. El artículo 302 del Reglamento permite privilegiar la regularización a quien cae por primera vez. No aplica si afectaste la confiabilidad del sistema o el suministro, ni si te negaste a una verificación.

¿Quién verifica el Código de Red y qué es el plan de trabajo?

Desde 2024 existe una unidad de inspección específica para centros de carga, creada por el Acuerdo A/054/2024. Mide siete días seguidos (168 horas) y no corta tu suministro. Después emite un “Documento de evaluación del Código de Red” en un máximo de 20 días hábiles.

Esa inspección la puede ordenar la autoridad o la puedes pedir tú. El directorio de la CNE lista una sola unidad autorizada para este tipo de inspección, vigente hasta febrero de 2028.

Si detectas que no cumplesQué dice el Código de Red
¿Tengo que avisar?Sí: entregas un plan de trabajo con causas, acciones y tiempos
¿El plan me salva de la multa?No: es “un documento de carácter informativo”
¿Cuenta “haremos un estudio”?No: un estudio futuro no se acepta como acción
¿Y si me lo pide la autoridad?Tienes 30 días hábiles para entregarlo, y es obligatorio
Fuente: Código de Red 2.0, capítulo B.3 de las disposiciones generales y capítulo 4 del Manual de conexión de centros de carga.

La tercera fila es nuestra favorita. El Código de Red dice textualmente que sin un estudio “no se puede inferir el cumplimiento”. O sea, primero mides y después prometes, no al revés.

¿El Código de Red es requisito para el suministro calificado?

Para registrarte como Usuario Calificado, no. Pero la obligación no cambia con tu proveedor: el Código de Red aplica igual en suministro básico que en calificado. Si estás evaluando dejar la tarifa de CFE, revisa el Código de Red en la misma lista.

Momento¿Te piden cumplir el Código de Red?
Registro como Usuario CalificadoNo: la ley pide acreditar la demanda que fija SENER, hoy 1 MW o más (artículo 73)
Conexión nueva o cambio técnicoSí: una unidad de inspección revisa la instalación antes de que el CENACE autorice la conexión (artículo 48)
Operación de todos los díasSí, en media o alta tensión, con suministro básico o calificado
Fuentes: Ley del Sector Eléctrico, artículos 48 y 73; Reglamento, artículo 153, que permite sumar centros de carga del mismo grupo para llegar a 1 MW.

Preguntas frecuentes sobre el Código de Red

¿Qué es el Código de Red?

Las disposiciones técnicas que deben cumplir quienes se conectan al sistema eléctrico de México. La versión vigente es la 2.0, publicada en el DOF el 31 de diciembre de 2021.

¿A quién aplica el Código de Red?

A todos los centros de carga conectados en media o alta tensión. La baja tensión no es objeto del manual de centros de carga.

¿Qué factor de potencia pide el Código de Red?

Entre 0.97 en atraso y 1.0 desde el 9 de abril de 2026, medido cada cinco minutos y cumplido el 95% del tiempo. Aplica en media tensión con 1 MW o más y en alta tensión.

¿Cuánto es la multa por no cumplir el Código de Red?

De 128,000 a 514,000 UMA, unos 15 a 60 millones de pesos en 2026. Si es grave, 10% de los ingresos brutos del año anterior.

¿Quién emite el Código de Red?

La Comisión Nacional de Energía, con autorización de SENER. La versión vigente la emitió la CRE en 2021 y sigue en vigor.

El siguiente paso

Si tu planta tiene 1 MW o más, el Código de Red y tu contrato de energía se revisan juntos. Mira cómo funciona el suministro calificado o escríbenos y te decimos por dónde empezar.

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