Registro Nacional de Emisiones (RENE): guía práctica 2026
29 de septiembre de 2026
El Registro Nacional de Emisiones (RENE) es el reporte obligatorio de gases de efecto invernadero de SEMARNAT. Reportan los establecimientos cuyas emisiones directas e indirectas suman 25,000 toneladas de CO2e o más al año. Se presenta dentro de la Cédula de Operación Anual, del 1 de marzo al 30 de junio, y se verifica cada tres años.
Calculamos y certificamos huellas de carbono de principio a fin, así que el RENE nos toca seguido. Para esta guía leímos la Ley General de Cambio Climático, el Reglamento del RENE, los acuerdos de metodologías y los avisos de SEMARNAT de 2026. También la Guía del Usuario de 61 páginas, que nadie lee dos veces por gusto. Actualizada el 29 de septiembre de 2026.
Qué es el Registro Nacional de Emisiones
El RENE es el registro donde SEMARNAT junta las emisiones de gases de efecto invernadero de las empresas que pasan el umbral. Lo crea el artículo 87 de la Ley General de Cambio Climático, y el artículo 88 obliga a esas empresas a entregar sus datos. Los detalles están en el Reglamento del RENE, publicado el 28 de octubre de 2014.

Ese Reglamento cumplió 12 años sin una sola reforma, y la ley tuvo su último cambio el 1 de abril de 2024. En regulación mexicana, eso es estabilidad nivel Vocho: pasan los años y sigue igual. Así que las reglas de este artículo no te van a cambiar a medio camino, o no más de lo normal.
El RENE no es un trámite aparte: es la sección VI de la Cédula de Operación Anual (COA), el mismo reporte donde ya declaras residuos y contaminantes. Si todavía no tienes tu inventario de emisiones, empieza por nuestra guía de cálculo de huella de carbono. Aquí vamos a lo que esa guía solo menciona: quién está obligado, cómo se llena, cuándo toca verificar y cuánto cuesta equivocarse.
¿Estás obligado a reportar al RENE? Sector y 25,000 toneladas
Estás obligado si tu establecimiento está en uno de los seis sectores del Reglamento y tus emisiones directas más indirectas suman 25,000 toneladas de CO2e o más en un año (artículos 3, 4 y 6). Las directas son tus combustibles, procesos y flota propia; las indirectas, la electricidad y el calor que compras.
| Sector | Subsectores | Cómo se compara contra el umbral |
|---|---|---|
| Energía | 2 | Por instalación |
| Industrial | 16, entre ellos química, siderúrgica, automotriz, cemento, vidrio, alimentos y bebidas | Por instalación |
| Transporte | 4: aéreo, ferroviario, marítimo y terrestre | Consolidado por empresa |
| Comercio y servicios | 8, entre ellos construcción, comercio, turismo y servicios médicos | Consolidado por empresa |
| Residuos | 2 | Consolidado por empresa |
| Agropecuario | 2 | Consolidado por empresa |
La columna de la derecha es la que más confunde. En energía e industria, cada planta se mide sola: tres plantas de 15,000 toneladas no reportan, aunque juntas sumen 45,000. En comercio, transporte y los demás, se suman todas tus sucursales.
Tres casos que la Guía del RENE aclara. Los camiones rentados se reportan solo si tú pagas el combustible. Los refrigerantes los reporta quien hace la carga o el mantenimiento. Y no tener chimeneas no te exenta: el RENE no es Santa Claus, no necesita chimenea para visitarte.
Cómo saber si cruzas las 25,000 toneladas: un ejemplo con los factores de 2026
Suma tus emisiones directas y las indirectas de la electricidad que compras. Con el factor eléctrico que SEMARNAT pidió usar en la COA 2026, 0.444 toneladas por MWh, 56,306 MWh de red al año bastan por sí solos para quedar obligado. Eso es una carga promedio de unos 6.4 MW todo el año.
Un ejemplo con números redondos: una planta que en 2025 consumió 38,000 MWh de red y 150,000 GJ de gas natural.
| Fuente | Dato de 2025 | Factor | Toneladas de CO2e |
|---|---|---|---|
| Electricidad de red | 38,000 MWh | 0.444 t por MWh | 16,872 |
| Gas natural (CO2) | 150,000 GJ | 0.0561 t por GJ | 8,415 |
| Gas natural (metano y óxido nitroso) | 150,000 GJ | PCG 28 y 265 | 8 |
| Total | 25,295: obligada |
Con el factor de 2021, que era 0.423, la misma planta daba 24,497 toneladas y no estaba obligada. En la planta no cambió nada: cambió la red eléctrica. Tu planta no subió de peso; le cambiaron la báscula.

SEMARNAT tiene una calculadora gratuita (versión 9.0, de marzo de 2025). Sirve para saber si estás cerca, pero ella misma advierte que no sustituye un inventario completo.
El factor eléctrico: qué valor usar y qué cambia si no te surte CFE
Para la COA 2026 se usa 0.444 toneladas de CO2e por MWh, el factor del sistema eléctrico de 2024. El de 2025 todavía no sale: SEMARNAT explicó en su aviso del 29 de mayo de 2026 que la estimación ahora corre por cuenta de SENER. Hasta que se publique, se repite el de 2024.
Hay una regla que casi nadie conoce: el factor depende de quién te surte la luz. Con un contrato PPA o en suministro calificado, tu número puede cambiar.
| Quién te surte la electricidad | Qué factor usas | Dónde lo dice |
|---|---|---|
| CFE | 0.444 t por MWh en la COA 2026 | Aviso de SEMARNAT, 29 may 2026 |
| Un proveedor distinto de CFE | El que te dé tu proveedor | Acuerdo de metodologías 2015, artículo sexto |
| Tu propia central solar o eólica | No se contabiliza: no hay combustión | Guía del RENE, pregunta 35 |
| I-RECs o CELs | La regulación del RENE no los menciona | Sin disposición publicada |
Dos cuidados. El acuerdo habla del “distribuidor”, y con la Ley del Sector Eléctrico la distribución sigue siendo de CFE aunque le compres a otro suministrador, así que pide el factor por escrito (“me lo dijo el ejecutivo por teléfono” no es una metodología aprobada) y confírmalo con tu verificador. Y la regulación del RENE no menciona los I-RECs ni los CELs: no encontramos ninguna disposición que permita restarlos del reporte. En tu reporte corporativo de alcance 2 sí funcionan, como explicamos en la guía para calcular tus certificados; en el RENE no está escrito.
Cómo se reporta el RENE en la COA Web, paso a paso
Se reporta en la sección VI de la Cédula de Operación Anual, del 1 de marzo al 30 de junio de cada año, con las emisiones del año anterior completo (artículo 12 del Reglamento). Se captura en toneladas de cada gas y se firma con e.firma en SINATEC. El trámite es el SEMARNAT-05-001 y no cuesta.
| Paso | Qué haces | El detalle que tumba reportes |
|---|---|---|
| 1 | Entras a SINATEC con tu e.firma | La e.firma no se reconoce desde una memoria USB |
| 2 | Das de alta la COA con tu número de registro ambiental | Si reportas consolidado y no lo tienes, pides uno nuevo |
| 3 | Capturas tus gases en la sección VI, tabla 6, en toneladas | Nunca en las tablas 2.3 o 5.2 |
| 4 | Adjuntas tu dictamen anterior y, si reportas consolidado, la lista de instalaciones | Y el archivo “Listado de establecimiento GEI” |
| 5 | Firmas y guardas el folio | Solo vale el folio firmado que generó bitácora |
El sistema cierra el 30 de junio a medianoche, hora del centro, y no acepta entregas tarde, según ANIQ. Si planeas subirla el 30 a las 23:50, compártenos tu secreto para vivir sin ansiedad.
Después, SEMARNAT tiene 20 días hábiles para revisar y puede pedirte información una sola vez; tú tienes 15 días hábiles para responder. Si no respondes, la COA se tiene por no presentada en lo que toca a los gases (artículo 12).
Verificación del RENE: a quién le toca en 2026, 2027 y 2028
Cada tres años tienes que entregar un dictamen de verificación hecho por un organismo acreditado y aprobado, entre el 1 de julio y el 30 de noviembre (artículo 16 del Reglamento). El turno depende de cuánto emites, y el calendario lo publicó SEMARNAT en su capacitación de 2025.
| Tus emisiones al año | Última verificación | Siguiente |
|---|---|---|
| Más de 1 millón de toneladas | 2023 | 1 jul a 30 nov de 2026 |
| De 100 mil a 1 millón de toneladas | 2024 | 1 jul a 30 nov de 2027 |
| De 25 mil a 100 mil toneladas | 2025 | 2028, si sigue el ciclo de tres años |
El verificador busca un aseguramiento razonable, de 95% o más, y no acepta diferencias mayores a 5% (criterios de verificación de SEMARNAT). Hay 20 organismos en el padrón de la PROFEPA, aprobados entre 2022 y 2026. La regla de oro: quien calcula tu inventario no puede verificarlo, igual que en la norma ISO 14064.
Por eso nosotros hacemos el cálculo y dejamos el expediente listo; la verificación la firma un tercero. Nadie se califica su propio examen, por más bonita que le haya quedado la letra.
Multas del RENE en pesos de 2026
No entregar la información que te pide la autoridad cuesta de 500 a 3,000 UMA, y dar información falsa o incumplir plazos, de 3,000 a 10,000 UMA (artículos 114 y 115 de la Ley General de Cambio Climático). Con la UMA 2026 de $117.31, eso va de $58,655 a $1,173,100 pesos.
| Qué pasa | UMA | Pesos en 2026 |
|---|---|---|
| No entregas la información requerida a tiempo (artículo 114) | 500 a 3,000 | $58,655 a $351,930 |
| Información falsa, o incumples plazos y términos (artículo 115) | 3,000 a 10,000 | $351,930 a $1,173,100 |
| Reincidencia (artículo 115) | Hasta 3 veces la multa | Hasta $3,519,300 |
La buena noticia está en el artículo 11 del Reglamento: puedes corregir un error con un aviso por escrito antes de que la PROFEPA te inspeccione. Corregir antes cuesta un escrito; corregir después cuesta el escrito y la multa. Guarda tu información cinco años, porque eso pide el artículo 9.
Los errores que más ve SEMARNAT en el RENE
El Informe de Resultados del RENE 2015-2018, el único que SEMARNAT ha publicado, y las preguntas frecuentes de la COA señalan casi siempre los mismos errores. Todos se evitan antes de firmar.
| El error | Qué provoca | Cómo evitarlo |
|---|---|---|
| Metano y óxido nitroso en kilos | Emisiones mil veces más chicas de lo real | Convertir a toneladas antes de capturar |
| Totales que no cuadran con las categorías | Observaciones de SEMARNAT | Cuadrar el total en CO2e contra la suma |
| Establecimiento sin sector | Reporte difícil de validar | Elegir sector y subsector del Reglamento |
| Gases en las tablas 2.3 o 5.2 | El RENE queda vacío | Capturar solo en la sección VI |
| Reportar sin estar obligado | Trabajo de más, y datos que nadie pidió | Calcular primero si llegas a 25,000 t |
Dos datos del informe dan idea del desorden. De 16,537 reportes recibidos entre 2015 y 2018, el 78% estaba por debajo del umbral: empresas que reportaron sin estar obligadas. Y SEMARNAT tuvo que excluir 20 COAs que declaraban más de 30 millones de toneladas cada una por errores de captura. Para ponerlo en escala, eso es como si una fábrica reportara las emisiones de un país mediano porque se le fueron tres ceros.
La verificación sí sirve: el metano reportado bajó de 98.6 a 24.7 millones de toneladas entre 2015 y 2018, y el informe lo atribuye a las correcciones que dejó la verificación.
Del RENE al mercado de carbono: el SCE y los impuestos estatales
El Sistema de Comercio de Emisiones usa los datos del RENE, pero su umbral es otro: 100,000 toneladas de CO2 directas por instalación, solo en energía e industria (bases del programa de prueba). Una planta con mucha electricidad y poca combustión puede estar en el RENE y nunca llegar al mercado: está en la lista de invitados de la boda, pero no en la del brindis.
Cómo funciona ese mercado lo explicamos en la guía del mercado de carbono en México, y cómo se compensa con créditos de carbono en otra. Si ya decidiste compensar, así trabajamos los bonos de carbono.
| RENE | Mercado de carbono (SCE) | |
|---|---|---|
| Qué es | Registro obligatorio de emisiones | Mercado de derechos de emisión |
| Umbral | 25,000 t de CO2e, directas e indirectas | 100,000 t de CO2 directas por instalación |
| Sectores | Los seis del Reglamento | Energía e industria |
| Tamaño | 973 reportes en 2018 | Cerca de 300 instalaciones |
| Desde cuándo | Reportes desde 2015 | Fase con sanciones esperada en 2027 |
Según ICAP, esas instalaciones cubren alrededor del 90% de las emisiones reportadas al RENE. Aparte hay impuestos estatales: 11 estados cobraron $1,043 millones por carbono en 2025, según Energía a Debate.
Preguntas frecuentes sobre el Registro Nacional de Emisiones
¿Quién está obligado a reportar al RENE?
Los establecimientos de energía, industria, transporte, agropecuario, residuos y comercio y servicios cuyas emisiones directas más indirectas lleguen a 25,000 toneladas de CO2e al año o más (artículos 3, 4 y 6 del Reglamento).
¿La electricidad que compro cuenta para las 25,000 toneladas?
Sí. El Reglamento suma las emisiones indirectas de la electricidad y el calor que compras. Con el factor de 0.444, 56,306 MWh al año bastan por sí solos para quedar obligado.
¿Cuándo se presenta el reporte del RENE?
Del 1 de marzo al 30 de junio de cada año, en la sección VI de la Cédula de Operación Anual, con las emisiones del año anterior. El sistema cierra el 30 de junio a medianoche, hora del centro.
¿Qué factor de emisión eléctrico uso en la COA 2026?
0.444 toneladas de CO2e por MWh, el factor de 2024, porque el de 2025 sigue en estimación (aviso de SEMARNAT del 29 de mayo de 2026).
El siguiente paso
Mándanos tu consumo de electricidad y combustibles del año pasado y te decimos si cruzas las 25,000 toneladas. Hacemos el cálculo y la certificación de tu huella de carbono de principio a fin y dejamos todo listo para la COA y para el verificador. Puedes escribirnos aquí.